En una carta fechada el 24 de abril de 2024 y dirigida a Emmanuel Onwubiko, presidente de HURIWA, Marvin Omorogbe, un abogado que actúa en nombre de Waziri, solicitó expresamente una retractación inmediata y una disculpa de HURIWA.
En esta correspondencia, el abogado critica duramente a HURIWA por haber acusado a Waziri de malversación de fondos y niega cualquier implicación en actos de corrupción. Destaca los procedimientos legales en curso y la evidencia de cargos penales presentados contra personas vinculadas a la parte contraria.
Además, la carta enfatiza que las acciones de HURIWA dañaron la reputación de Waziri y violaron sus derechos constitucionales.
En consecuencia, el abogado exige la retractación de la carta enviada al NNPC, una disculpa formal, la publicación pública de la disculpa en dos periódicos nacionales y una compensación financiera de 100.000.000 de naira por difamación.
Le courrier stipule : « Notre cliente a pris connaissance des rapports médiatiques concernant le sujet susmentionné et a notamment pris connaissance d’une lettre datée du 19 avril 2024, rédigée par le HURIWA, dans laquelle vous avez demandé à son employeur, la Nigerian National Petroleum Corporation (NNPC) Limited, de vous fournir des documents sensibles concernant son emploi, ses salaires, alléguant des propriétés, etc., éléments qui sont tous protégés par la loi, y compris la Loi sur la liberté d’information que vous avez mentionnée dans su correo.
«Debemos cuestionar de manera preventiva no sólo su motivación al escribir la carta mencionada anteriormente, sino también su legitimidad para interferir en un asunto relacionado con un contrato civil que ya se encuentra ante varios tribunales competentes en Nigeria, incluido el Tribunal de Llamada».
En resumen, este caso plantea cuestiones cruciales sobre la presunción de inocencia, la protección de la reputación de las personas y la equidad en los procesos legales. Es imperativo seguir de cerca la evolución de este conflicto y permanecer vigilantes respecto del respeto de los derechos fundamentales de cada una de las partes involucradas.