Las cuestiones de equidad e integridad judicial en el caso del exgobernador Yahaya Bello

En un reciente caso judicial de alto perfil que involucró al ex Gobernador Yahaya Bello, se planteó la cuestión de si era apropiado arrestar al acusado en ausencia de su presencia ante el tribunal. La jueza Emeka Nwite emitió un fallo diciendo que el exgobernador debe comparecer ante el tribunal antes de presentar cualquier solicitud. Insistió en que incluso si la orden de arresto se hubiera obtenido ilegalmente, el acusado (Bello) igualmente debería haber comparecido ante el tribunal.

Cabe señalar que el juez había fijado hoy la fecha para la decisión sobre la moción del ex gobernador de anular la orden de arresto dictada en su contra. El abogado de la Comisión de Delitos Económicos y Financieros (EFCC), Rotimi Oyedepo, SAN, había presentado una solicitud ex parte para obtener la orden de arresto.

Sin embargo, la abogada de Bello, Adeola Adedipe, SAN, rogó al tribunal que anulara la orden de arresto contra su cliente. Sostuvo que la orden de arresto se había vuelto redundante ya que su abogado principal, Abdulwahab Mohammed, SAN, había aceptado recibir los cargos en nombre del ex gobernador.

Sostuvo que la orden de aprehensión, al haber sido emitida antes de que se cumplieran los cargos, debió ser anulada de oficio. El abogado argumentó que, contrariamente a lo sostenido por el abogado de la EFCC, Kemi Pinheiro, SAN, el ex gobernador debe estar presente en el tribunal antes de que se pueda considerar cualquier solicitud, especialmente en un caso penal.

Señaló que la agencia anticorrupción también presentó una solicitud el 18 de abril luego de que la orden de arresto fuera emitida por la EFCC el 17 de abril y el tribunal la concediera. El abogado argumentó que la orden de arresto fue emitida por el tribunal a favor de la EFCC en violación del principio de un juicio justo para su cliente.

Señaló que el querellante había presentado una solicitud de notificación del documento el 18 de abril después de que se emitiera la orden de aprehensión el 17 de abril y hoy el tribunal se la concedió, agregando que el tribunal debe garantizar que el imputado (Bello) no estaría en desventaja si continuaba colgado de la cabeza, ya que la orden de detención había sido dictada antes de que se cumplieran los cargos, en contravención del artículo 394 del Código de Procedimiento Penal.

Sostuvo que la justicia debe ser equilibrada para la fiscalía, el acusado y el público. Dijo que para que Bello compareciera ante el tribunal tenía que estar seguro de que obtendría justicia. Adedipe también argumentó que la EFCC era un organismo inconstitucional porque su creación no había sido ratificada por los 36 estados de la federación.

Afirmó que para que la EFCC se convierta en un órgano constitucional, los 36 estados de la federación deben ratificar la ley que la crea, en lugar de la situación actual en la que la ley sobre el establecimiento de la EFCC había sido ratificada unilateralmente por el gobierno federal..

Por ello, pidió al juez que anule la orden de aprehensión contra el exgobernador. Sin embargo, Pinheiro se opuso firmemente a la solicitud. El abogado argumentó que para anular la orden de arresto, el exgobernador debe ser acusado y declararse culpable de conformidad con el artículo 396 (2) del Código de Procedimiento Penal de 2015.

En su fallo, el juez aceptó el argumento de la EFCC. Dijo que la orden judicial se mantuvo hasta que fuera anulada, incluso si hubo una irregularidad. El juez dijo que la ausencia de Yahaya Bello equivalía a desacato al tribunal.

“Por lo tanto, la solicitud del abogado del acusado no puede ser considerada hasta que el acusado esté presente en el tribunal.

“Bello debe presentarse ante el tribunal por iniciativa propia y no a través de la EFCC para ser procesado en la próxima fecha del tribunal”, dijo el juez.

Poco después del fallo, Mohammed, que comparecía en representación del exgobernador, informó al tribunal de una petición presentada el 9 de mayo. Dijo que la moción pedía al tribunal suspender cualquier audiencia adicional en el caso de lavado de dinero contra Bello hasta que el Tribunal de Apelaciones emita una decisión sobre un caso pendiente sobre el mismo asunto.

El máximo abogado explicó que la agencia, a través de una ex parte, obtuvo una orden de la Corte de Apelaciones que puso fin al proceso por desacato al tribunal interpuesto por el exgobernador contra la agencia en el tribunal de primera instancia de Lokoja. Agregó que la Corte de Apelaciones ya había fijado el 20 de mayo para conocer el caso.

Consideró esencial que el Tribunal Superior Federal de Abuja esperara el resultado antes de continuar con el juicio. Sin embargo, el abogado de la EFCC, Oyedepo, no estuvo de acuerdo con la posición de Mohammed. En un breve fallo, el juez Nwite rechazó la solicitud de Mohammed. Consideró que el caso había causado controversia mundial y por lo tanto era innecesario.

En reacción, Mohammed dijo que el ex gobernador no tenía miedo de comparecer ante el tribunal, pero temía por su vida. Sin embargo, el juez Nwite enfatizó que no se debe engañar a Bello, sino que se le debe aconsejar que se presente y responda a los presuntos cargos.

«Esto es simplemente una acusación. Aún no ha sido probada. Abogado, es su deber presentarla y prepararse.

«Le damos las gracias, señoría. Transmitiremos su consejo a la persona en cuestión porque este es simplemente su miedo», respondió Mohammed.

Este caso destaca cuestiones de equidad e integridad en el sistema de justicia, particularmente en lo que respecta a acusaciones de corrupción política. Es crucial que todas las partes respeten los procedimientos legales para garantizar un juicio justo que respete los derechos de todos los litigantes, incluso aquellos involucrados en casos de gran importancia mediática.

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